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Matrícula Mercantil
Toda persona natural o jurídica que ejerza una actividad comercial, debe efectuar su matrícula mercantil y renovarla anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año. De igual manera podrá solicitar la actualización de datos y en caso de terminar su actividad comercial deberá solicitar la cancelación de su matrícula mercantil para evitarse costos mayores.
El proceso de matrícula mercantil se puede surtir de manera presencial o virtual a través de Impuesto de Registro en el Departamento de Boyacá
Pago que se genera por la inscripción de los documentos que contengan actos, providencias, contratos o negocios jurídicos, en que los particulares sean parte o beneficiarios y que de conformidad con las normas legales deban registrarse en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos o en las Cámaras de Comercio. El impuesto se causa en el momento de la solicitud de la inscripción.
Matricula de Industria y Comercio
Las personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades (industriales, comerciales, de servicios o financieras) gravadas, deberán efectuar la matrícula de industria y comercio, quedando sujetas a tributar al Municipio, de acuerdo con la actividad económica y los ingresos brutos obtenidos de forma permanente u ocasional, con establecimientos o sin ellos.
El trámite de esta matrícula se efectuará en el momento en que la Cámara de Comercio informe a través del CAE a INDUSTRIA Y COMERCIO del municipio, la existencia de un nuevo comerciante. Posterior a la obtención de la Matrícula de INDUSTRIA Y COMERCIO, el comerciante deberá anualmente declarar y pagar el impuesto de Industria y Comercio correspondiente, dentro del plazo comprendido entre el 1 de enero y el último día hábil del mes de Febrero de cada año.
Inscripción libros de comercio
Es requisito para el empresario inscribir los libros de comercio. A partir de la entrada en vigencia del Decreto 0019 del 10 de enero de 2012 artículo 175 solo se inscribirán en las Cámaras de Comercio: los libros de registro de socios y accionistas y los de actas de asamblea de accionistas y/o actas junta directiva.
Consulta de Uso de Suelo
Todo nuevo y antiguo empresario debe cumplir con lo establecido en el PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, a través del cual se indican, de acuerdo a las actividades económicas, las zonas geográficas donde está permitido ejercer y los horarios de funcionamiento. A través del CAE se efectúa dicha consulta y se reporta al Departamento de Planeación Municipal la apertura de los establecimiento de comercio dando cumplimiento a lo establecido por la ley 232/95.
Written by: sistemas
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